¿Cuál es el proceso legal de cobro de deudas en Perú?

cobra de dueda de un banco hacia una persona1

El cobro de deudas en Perú es un procedimiento regulado que busca garantizar que los acreedores puedan recuperar sus créditos sin vulnerar los derechos del deudor. Aunque muchas obligaciones se solucionan por vía extrajudicial, cuando las partes no llegan a un acuerdo es necesario activar mecanismos legales que permiten exigir el pago a través del Poder Judicial. A continuación, se detalla cómo funciona este proceso y cuáles son las etapas principales que deben considerarse.

1. Gestión extrajudicial del cobro

Antes de iniciar una demanda, es habitual que el acreedor realice gestiones extrajudiciales: comunicaciones, cartas notariales o negociaciones directas. Esta fase no es obligatoria, pero suele ser útil para evitar costos judiciales y tiempos prolongados. La carta notarial es especialmente relevante porque deja constancia formal del requerimiento de pago y puede servir como medio probatorio.

2. Identificación del título que justifica el cobro

El siguiente paso es determinar si la deuda está respaldada por un título ejecutivo, como letras de cambio, pagarés, facturas conformadas o contratos con cláusula de liquidación expresa. Cuando existe uno de estos documentos, el proceso judicial aplicable es el proceso único de ejecución, que es más rápido y directo. Si la deuda no cuenta con título ejecutivo, se debe optar por un proceso de conocimiento, que requiere mayor actividad probatoria.

3. Presentación de la demanda

El acreedor debe presentar una demanda ante el juzgado civil competente indicando el monto adeudado, los intereses, las penalidades pactadas y anexando los documentos que sustentan el crédito. En el proceso de ejecución, el juez revisa el título y, si cumple con los requisitos legales, admite la demanda y ordena el requerimiento inmediato de pago al deudor.

4. Requerimiento judicial y oposición del deudor

Una vez notificado, el deudor puede pagar, ofrecer bienes para embargo o formular una oposición. La oposición solo procede por motivos tasados, como falsedad del título, prescripción o pago previo. Si el juez considera infundada la oposición, ordena continuar con la ejecución. En los procesos sin título ejecutivo, el deudor contesta la demanda y se abre una fase probatoria.

5. Embargo y ejecución forzada

Si el deudor no cumple voluntariamente, se puede solicitar el embargo de bienes muebles, inmuebles, cuentas bancarias o derechos de crédito. El embargo asegura el pago y, de ser necesario, permite iniciar el remate judicial. Los bienes embargados se subastan y con el producto del remate se cancela la deuda, los intereses y las costas del proceso.

6. Cierre del proceso y cancelación de obligaciones

Una vez satisfecho el crédito, el juez declara concluido el proceso y se levantan los embargos. El deudor puede solicitar certificación de pago para acreditar que la deuda ha sido cancelada.

Más información en el sitio web de Grandliga

Related Post