Lima, diciembre de 2025.- Con el inicio de diciembre, miles de trabajadores del sector privado se preparan para recibir la gratificación de Navidad, uno de los ingresos más importantes del año. Este beneficio cobra especial relevancia en un contexto marcado por la recuperación gradual del empleo formal, de acuerdo con las proyecciones recientes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), y en un escenario de inflación estabilizada frente al 2024.
Según explica Jaime Zegarra, socio del área laboral de Dentons Perú, las empresas están obligadas a realizar el depósito de la gratificación hasta el 15 de diciembre, fecha límite que no admite prórrogas ni acuerdos alternativos entre empleador y trabajador. El incumplimiento puede generar intereses legales y sanciones económicas por parte de la Autoridad Laboral. Además, el especialista recuerda que la estructura del beneficio, su cálculo y su proporcionalidad se rigen estrictamente por la normativa vigente.
Marco legal y alcance del beneficio
El pago de la gratificación está regulado por la Ley N.° 27735, que establece dos desembolsos al año: uno en julio y otro en diciembre. Este derecho incluye a todos los trabajadores del régimen laboral privado, entre ellos quienes cuentan con contratos a plazo fijo y quienes laboran en jornada parcial. Zegarra precisa que la gratificación ordinaria equivale a una remuneración mensual, siempre que se haya laborado todo el semestre correspondiente; de lo contrario, se calcula de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado.
El beneficio contempla no solo el sueldo base, sino también otros conceptos remunerativos percibidos regularmente, como la asignación familiar. Asimismo, se incluyen horas extras, siempre que estas hayan sido recibidas al menos tres meses dentro del semestre. Este criterio es esencial para determinar el monto final que le corresponde al trabajador.
¿Cómo se calcula la gratificación de diciembre 2025?
El cálculo se realiza sobre la remuneración mensual íntegra del trabajador. A modo de ejemplo, si una persona percibe un salario de S/ 1,600, la determinación sería la siguiente:
Sueldo mensual: S/ 1,600
Gratificación a percibir: S/ 1,600
Bonificación extraordinaria:
• EsSalud (9%): S/ 144
• EPS (6.75%): S/ 108
En este caso, el trabajador podría recibir entre S/ 1,708 y S/ 1,744, dependiendo de su régimen de salud. Zegarra recuerda que las faltas injustificadas registradas entre julio y diciembre pueden reducir proporcionalmente el monto de la gratificación, por lo que es indispensable un correcto control de asistencia para evitar errores en el cálculo.
Tratamiento en micro y pequeñas empresas y régimen agrario
El especialista detalla que, en el caso de las microempresas, los trabajadores no perciben gratificación debido al régimen laboral especial que aplica a estas organizaciones. Para las pequeñas empresas, el beneficio sí corresponde, aunque por un monto equivalente al 50% de la remuneración mensual, tanto en julio como en diciembre, en línea con el Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE.
En cuanto al régimen agrario, la gratificación puede encontrarse incorporada en la remuneración diaria o pagarse en las fechas regulares, dependiendo de la modalidad de contratación y del esquema remunerativo pactado. Este aspecto requiere especial atención por parte de las áreas de Recursos Humanos, dado que los criterios pueden variar según el tipo de vínculo laboral.
Plazos, obligaciones y sanciones relacionadas con el pago
El depósito debe efectuarse hasta el 15 de diciembre de 2025, sin opción de extender el plazo ni pactar calendarios distintos entre las partes. Cualquier pago fuera del término será considerado una infracción laboral, con el riesgo de multas y fiscalizaciones adicionales.
De producirse un cese laboral previo al cierre del semestre, el trabajador conserva el derecho a recibir la gratificación trunca, calculada según los meses completos trabajados. Este monto debe abonarse junto con la liquidación dentro de las 48 horas posteriores al término de la relación laboral, conforme exige la normativa nacional.
Las sanciones por incumplimiento varían según el tipo de empresa:
• Micro y pequeñas empresas: entre S/ 2,227 y S/ 22,275
• Régimen general: entre S/ 7,771 y S/ 120,294
Además del impacto económico, los errores en el cálculo o el retraso en el pago pueden deteriorar la relación con los colaboradores y elevar los riesgos durante inspecciones laborales futuras. Zegarra señala que es fundamental revisar planillas, registros de asistencia y componentes salariales antes del cierre del año. “Cumplir con los plazos y criterios establecidos por la normativa no solo evita sanciones, sino que también fortalece la confianza con los trabajadores en un periodo clave como diciembre”, puntualiza el abogado.
La gratificación de diciembre continúa siendo un elemento esencial para la estabilidad económica de los trabajadores y un indicador del cumplimiento formal de las empresas, por lo que su correcta gestión resulta indispensable para mantener relaciones laborales saludables y alineadas con la legislación vigente.
