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Sineace aprueba procedimiento para identificar infracciones y aplicar sanciones

Con el finde identificar infracciones y aplicar sanciones a las actividades que no cuenten con autorización o no se desarrollen de acuerdo con la normativa vigente, el Sistema Nacional de Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) aprobó el Reglamento del procedimiento administrativo sancionador (PAS).

La Resolución N° 000030-2021-CDAH, que aprueba dicho reglamento, describe el procedimiento de imputación de cargos y la calificación de la gravedad de las infracciones. Además, señala la posibilidad de que se puedan dictar medidas temporales para asegurar la eficacia de la resolución final, desde el inicio y tramitación del procedimiento.

Para las entidades evaluadoras externas y entidades certificadoras, las infracciones son incumplir las normas, principios y lineamientos de la Ley 28740 (Ley del Sineace) y su reglamento, presentar documentación falsa, incumplir los requisitos para ser entidad evaluadora, incumplir las normas y favorecer a las instituciones educativas, programas de estudios o personas, no brindar facilidades para la supervisión y operar sin autorización vigente.

Respecto de las instituciones educativas y personas evaluadas, las infracciones son falsear los resultados de la evaluación o la documentación, no informar al Sineace sobre irregularidades cometidas por la entidad evaluadora, incurrir en colusión con las entidades evaluadoras u otras instituciones o personas, no brindar las facilidades para la supervisión, e incumplir las normas establecidas por el Sineace y las establecidas en la Ley del Sineace y su Reglamento.

En caso se determine la infracción, el Sineace podrá imponer sanciones según el nivel de gravedad, que pueden ser entre el 1% y el 13% de los ingresos brutos anuales o los recursos directamente recaudados por parte de las personas jurídicas. Este tope no aplica a las instituciones que realizan actividades sin autorización del Sineace, por lo que recibirán una multa para castigar sus conductas de acuerdo con los beneficios ilícitos y otros factores.

Es importante resaltar que el Sineace tiene potestad sancionadora con el objetivo de asegurar a la sociedad que los procesos de acreditación y certificación de competencias se realicen dentro del margen de la legalidad. La Dirección de Supervisión e Instrucción es responsable de la fase de instrucción del PAS, mientras que el Consejo Directivo Ad Hoc es el órgano sancionador que determina medidas y sanciones administrativas.

DATOS:

  • Conoce el reglamento en el siguiente enlace o en www.gob.pe/sineace.