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Conoce los pasos para ser autorizada como entidad certificadora de competencias

Toda persona jurídica, pública o privada, interesada en evaluar y certificar competencias profesionales puede obtener la autorización del Sistema Nacional de Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace) para ejercer dicha labor. Para ello, debe cumplir con los requisitos y el procedimiento que señala el Reglamento de autorización de entidades certificadoras de competencias.

Este reglamento, aprobado por la Resolución Nº 000029-2021-SINEACE/CDAH, indica que la institución que requiera ser autorizada como entidad certificadora de competencias debe presentar una solicitud a la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace, con atención a la Dirección de Evaluación y Certificación (DEC), junto con un expediente que contenga una serie de documentos sustentatorios sobre su funcionamiento.

El expediente debe presentarse en la mesa de partes del Sineace (presencial o virtual) para luego pasar por una evaluación transversal que asegure que se cumplen con todos los requisitos. Se busca asegurar que las entidades autorizadas cuenten con capacidad institucional para asegurar procesos de certificación de amplia cobertura, exigentes y ejecutados en base a normas de competencia pertinentes. El procedimiento de autorización de entidades certificadoras de competencias tiene una duración de treinta (30) días hábiles.

La Dirección de Evaluación y Certificación de Competencias tiene a cargo la instrucción del procedimiento y la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc (CDAH) del Sineace será la encargada de la deliberación y pronunciamiento respecto a la autorización o no de la institución solicitante. Finalmente, la resolución del CDAH es notificada a la institución y, posteriormente, es publicada en la página web del Sineace.

Es importante mencionar que la certificación de competencias es el reconocimiento público que otorga el Estado a las personas que cumplen con buenas prácticas en el desempeño de su profesión u ocupación, por lo que deben demostrarlo en una evaluación de competencias que está a cargo de una entidad certificadora autorizada (ECA).

DATOS:

  • Puede acceder al reglamento en el siguiente enlace.
  • Conoce más de la certificación de competencias en www.gob.pe/sineace.