MTPE propone Decreto Supremo para acabar con tercerización laboral del núcleo principal del negocio
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), recogiendo planteamientos de los trabajadores, elabora una propuesta de Decreto Supremo que establece una serie de medidas para reducir la utilización indiscriminada de la tercerización y fortalecer la protección de los derechos laborales.
El proyecto de norma nace a partir de recoger las demandas que ponen en valor el trabajo digno, en el marco de los compromisos que tiene el Estado, y busca reducir la utilización indiscriminada de la tercerización, causante de abusos laborales y casos de discriminación que impiden mejoras en la productividad en beneficio del país.
La iniciativa legal plantea que el ámbito de la tercerización de servicios se circunscriba a aquellas actividades especializadas u obras vinculadas a la actividad principal de una empresa, pero que no tienen por objeto el “núcleo del negocio”.
La propuesta, que modifica el DS Nº 006-2008-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29245 y del Decreto Legislativo Nº 1038, precisa que el “núcleo del negocio” forma parte de la actividad principal de la empresa pero, por sus particulares características, no corresponde a las actividades especializadas u obras que pueden ser objeto de tercerización con desplazamiento.
Se precisa que la tercerización de servicios no es aplicable al “núcleo principal del negocio” de la empresa principal, sin embargo, las empresas tendrán un plazo de 180 días, para adecuarse a las nuevas disposiciones; plazo durante el cual se deberá garantizar la continuidad de los contratos de trabajo.
Se debe tomar en cuenta que existen temas referidos a la tercerización y a las nuevas formas de organización empresarial, que continúan desarrollándose en el marco del diálogo con organizaciones empresariales y sindicales del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo.
De acuerdo a los lineamientos del presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, se busca promover un ejercicio responsable de la libertad de empresa, no permitiendo la existencia de “empresas cascarón”; así como combatir posibles abusos laborales y casos de discriminación laboral entre los trabajadores de la empresa principal y de las contratistas.
DATO
Según el MTPE, el Decreto Supremo Nº 006-2008-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley de Tercerización, no contiene una definición clara respecto a qué se entiende por “actividades especializadas y obras” que pueden ser objeto de tercerización, lo cual conlleva a que el ámbito de aplicación de esta figura se extienda prácticamente a la totalidad de las actividades principales de una empresa, abarcando incluso a aquellas actividades que forman parte del “núcleo del negocio”.