Inicio de Clases 2021: Las nuevas normas para los colegios privados
El objetivo del Ministerio de Educación (Minedu) para el 2021 es empezar -de manera gradual y voluntaria- el retorno a las clases presenciales. Sin embargo, este se dará solo si se cumplen protocolos sanitarios y se adapta la infraestructura de las escuelas, para evitar que estas se conviertan en focos de contagio de COVID-19. Si bien ya se ha anunciado que se iniciará con la apertura de escuelas solo en zonas rurales, poco a poco más colegios abrirán sus puertas.
Con este objetivo, el Ejecutivo publicó la Resolución Ministerial Nº 121 – 2021 MINEDU y el Decreto Supremo Nº 005 – 2021 MINEDU. Ambos textos buscan unificar y ordenar las disposiciones que regulan el servicio educativo en el marco de la pandemia. Sin embargo, el Decreto Supremo se refiere específicamente al ámbito privado y establece las condiciones básicas que se deben cumplir para el retorno a clases presenciales en los colegios particulares.
Danny Briceño, especialista de Ediciones Corefo, detalla cuáles son los puntos más importantes a tener en cuenta en esta normativa.
- Infraestructura adecuada. Este es uno de los primeros puntos a tocarse en el reglamento, cuando se detalla las condiciones básicas que deben tener las instituciones educativas. La infraestructura debe incluir espacios acordes a los parámetros de seguridad, funcionalidad, habitabilidad y accesibilidad establecidas en la normativa vigente. Esto implica también facilitar el distanciamiento entre alumnos, la ventilación de los ambientes y desinfección y limpieza constantes de los salones de clases.
- Servicios higiénicos y acceso al agua. Una de las principales medidas para prevenir contagios de COVID-19 es el lavado de manos constante. Esto sería imposible sin acceso a agua potable. Por esa razón, los centros educativos deben garantizar el acceso a agua limpia e implementos de desinfección -como jabón o alcohol gel- para estudiantes, docentes y personal administrativo.
- Retorno voluntario. Tal como explicó el ministro de Educación, Ricardo Cuenca, el retorno de un estudiante al aula quedará a criterio de los padres de familia. No puede ser obligatorio. Al menos durante el 2021, la educación virtual convivirá con la presencial. Si el padre o madre de familia considera que no es beneficioso, podrá seguir recibiendo clases virtuales como se ha venido haciendo durante el 2021.
- Evaluación constante. El Ministerio del Interior evaluará la situación de la pandemia y del sector educativo constantemente. De ser necesario, una escuela que ha iniciado las clases presenciales puede ser cerrada de manera temporal nuevamente si los indicadores epidemiológicos empeoran.
- Transparencia financiera. El Ministerio de Educación supervisará, a través de la UGEL, que no existan cobros adicionales a la cuota de ingreso (que solo se puede cobrar una vez a cada estudiante), matrícula y pensiones mensuales. De igual modo, se prohíbe condicionar la atención de reclamos y la entrega de libretas, récord de asistencia y evaluaciones al pago de pensiones.
- Infractores serán sancionados. Los centros educativos que incumplan las disposiciones de estas normas serán sancionados en función a la gravedad de sus faltas. Pueden ser leves (de 1 a 10 UIT), graves (de 10 a 50 UIT) y muy graves (de 50 a 100 UIT). Además, puede conllevar a la suspensión o clausura del local.